Quiénes somos

Un sindicato de primer grado, autónomo e independiente.

SINTRAJEP funciona como organización sindical de primer grado y de entidad, integrada por trabajadoras y trabajadores de la JEP: autónoma, democrática, pluralista, permanente y sin ánimo de lucro.

Independencia

Actuamos con independencia de la administración de la JEP, del Gobierno Nacional, de partidos y movimientos políticos, de organizaciones religiosas y de intereses particulares, sin perjuicio de las afiliaciones sindicales que apruebe la Asamblea General.

Ámbito y duración

Nuestro domicilio principal es Bogotá D.C. Nuestro ámbito de actuación comprende todo el territorio nacional donde la JEP tenga servidores, dependencias o actividades. Duraremos lo mismo que permanezca la Jurisdicción Especial para la Paz.

Nuestro objetivo

Dos objetivos que se sostienen mutuamente

Defender a quienes trabajan en la JEP

Representación, promoción, protección y defensa de los derechos laborales, profesionales, económicos, sociales, culturales y sindicales de las personas trabajadoras en la justicia transicional.

Defender la misión de la JEP

Fortalecer la misionalidad de la JEP como componente del Sistema Integral de Paz, promoviendo el conocimiento, respeto y defensa de la verdad, la justicia, la reparación, las garantías de no repetición y una paz estable y duradera.

Fines y funciones

Qué hacemos, concretamente

Estructura sindical

Cómo nos organizamos

La Asamblea General es la máxima autoridad. La Junta Directiva dirige la actividad diaria. El Fiscal vigila. Las comisiones sostienen el trabajo permanente.

MÁXIMA AUTORIDAD

Asamblea General

Integrada por la totalidad de las personas afiliadas. Se reúne ordinariamente al menos una vez al año y decide, entre otras cosas, la reforma de estatutos, la elección de la Junta Directiva, el presupuesto y el pliego de solicitudes. Quórum: mitad más uno de las personas afiliadas.

Junta Directiva y Fiscal

Cinco (5) miembros principales y cinco (5) suplentes, elegidos por un (1) año.

PresidenciaCarlos Mario Perez Herrera

Representación legal

Ejecuta las decisiones de la Asamblea y la Junta, convoca y preside la Junta, suscribe contratos y comunicaciones. No puede comprometer al sindicato por fuera de su objeto o presupuesto.

VicepresidenciaCarlos Camilo Ernesto Gomez Alarcón

Reemplazo y apoyo

Reemplaza a la Presidencia en faltas temporales y cumple las tareas que le asigne la Junta.

Secretaría GeneralNicolas Rincon Bacca

Memoria e información

Lleva los libros de afiliación y actas, custodia el archivo, tramita comunicaciones y protege especialmente los datos que revelen afiliación sindical.

TesoreríaDaniela Andrea Monroy Jaimes

Recursos del sindicato

Recauda, deposita y custodia los recursos; prepara presupuesto y balances; rinde cuentas mensuales a la Junta y semestrales a la Asamblea.

VocalHelen Tatyana Garcia Rodriguez

Puente con las bases

Participa con voz y voto en la Junta, informa a las personas afiliadas de las discusiones y decisiones, e integra comisiones especiales.

FiscalLinda Katerine Azcárate Buriticá

Control independiente

Vigila el cumplimiento de la ley y los estatutos, revisa libros y cuentas, rinde informe semestral y firma en conjunto con Presidencia y Tesorería los retiros y órdenes de pago. Tiene voz pero no voto en la Junta.

Comisiones y territorio

Comisiones y organización territorial

Comisión Estatutaria de Reclamos

Dos (2) personas afiliadas que reciben y estudian reclamaciones individuales o colectivas, y gestionan su presentación ante la JEP. Ver más →

Comisión Electoral

Temporal, tres (3) personas que no sean candidatas, organizan y escrutan cada elección.

Comisión Disciplinaria

Accidental, tres (3) personas imparciales ajenas a la Junta, instruyen cada actuación disciplinaria.

Comisión de Comunicaciones

Permanente, tres (3) personas a cargo de la estrategia comunicativa hacia afiliados, empleador y sociedad. Ver más →

Comisión de Género

Permanente, tres (3) personas. Diagnóstico, articulación con la comisión de género de la JEP y propuestas de mejora. Ver más →

Subdirectivas

La Asamblea puede crear una subdirectiva por municipio distinto a Bogotá cuando haya al menos diez (10) personas afiliadas allí.